Comunicado: segunda etapa obra de gas
agosto 7, 2020REACTIVACIÓN PARCIAL DE OBRAS PARTICULARES
agosto 18, 2020
Te recordamos:
Todos los lotes construidos deberán contar con cerco vivo. A partir de la fecha de mudanza tendrán dos años para realizar la plantación de especies en carácter de cerco vivo
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Altura mínima: 0,5 m
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Altura máxima: 2 m
No se permite la plantación como cerco perimetral de:
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Caña (en todas sus variedades)
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Especies que posean espinas
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Árboles que en su madurez superen los 5 m de altura.
No se permite plantar las siguientes especies de árboles:
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Álamos (en todas sus variedades)
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Eucaliptos (en todas sus variedades)
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Acacia Negra, entre otras